LA INDEPENDENCIA DE FRAILES

La Constitución de 1812, daba pié a que los lugares que tuviesen 1.000 almas podían optar a tener ayuntamiento propio, este era el caso de Frailes que por el año 1812 cuenta con una población de 1.664 habitantes, y amparándose en el artículo 310 de la Pepa se constituye en municipio independiente. Dice así el Título VI, capitulo I, artículo 310: Se pondrá ayuntamiento en los pueblos que no le tengan, y en que convenga le haya, no pudiendo dejar de haberle en los que por sí o con su comarca lleguen a mil almas, y también se les señalará término correspondiente1. La multiplicación de ayuntamientos, al menos los que alcanzaran el número suficiente de habitantes supuso un principio descentralizador, de creación de una administración próxima a los vecinos. Tengamos en cuenta que los alcaldes doceañistas eran además de administradores jueces en actos de conciliación.

Los ayuntamientos diseñados en Cádiz modificaban la situación anterior por su generalización, la elección de todos sus miembros y la supresión de los regidores perpetuos, como se contemplaba en los artículos 309 y siguientes. La renovación anual del alcalde suponía una innovación, aunque la presidencia reservada al jefe político señalara el carácter administrativo, no político, de los concejos. El decreto de 23 de mayo de 1812 perfilaba su composición. No obstante resulta de mayor interés la ampliación de sus funciones (art. 321): salud pública, seguridad, enseñanza y beneficencia, obras públicas, que los convertía en organismos poderosos, de influencia directa en la vida cotidiana de los ciudadanos.

Utilizamos los libros de actas del Archivo alcalaíno (AMAR), para tratar de historiar este período; debido a que Frailes no conserva documentación relativa a ésta época. Nada se dice de los trabajos constitucionales de Cádiz; así que comenzamos con la salida de los franceses de nuestro territorio. Una vez que los franceses abandonan la comarca en septiembre de 1812; los días 26 y 27 de septiembre se celebra la toma de las Andalucías por las tropas Nacionales2. Se anulan las ordenes dadas por el gobierno anterior y se nombra un Ayuntamiento Interino que gestione los asuntos de gobierno municipal. El Real Decreto de 23 de mayo de 18123 da legalidad a la formación de los nuevos Ayuntamientos.

Dice así el Real Decreto CLXIII: Las Cortes Generales y extraordinarias convencidas de que no interesa menos al bien y tranquilidad de las familias, que a la prosperidad de la Nación el que se establezcan Ayuntamientos con la mayor brevedad en aquellos pueblos que no habiéndolos tenido hasta aquí, conviene que los tengan en adelante; … como también para evitar dudas que pudieran suscitarse en la execución de lo sancionado por la Constitución … Con respecto a los concejales que corresponde a Frailes, por su número de habitantes es 2 alcaldes, 8 regidores y 2 procuradores síndicos. Para la elección de estos cargos que será en un día festivo del mes de diciembre por aquellos vecinos que gocen del “derecho de ciudadano”; a Frailes le correspondían 17 electores. Una vez elegidos los diez y siete, en otro día festivo de diciembre la junta de electores se reunirá y elegirá a las personas mas apropiadas para el gobierno del pueblo.

A finales de año, en noviembre, comienzan las noticias sobre la práctica de deslindes con Frailes respecto de Alcalá. El 4 de diciembre se lee en el acta: Se vio un oficio al nuevo Ayuntamiento de la población de Frailes en el que expresa que habiéndose formado según el artículo 310 de la Constitución política de la Monarquía por el señor juez de primera instancia, se ha demandado provisionalmente su término, y solicita se realice esta operación con la mayor formalidad a cuyo efecto lo pasa a noticia de éste Ayuntamiento.

Frailes inicia su andadura como independiente a finales del año 1812, no se conservan Actas ni ningún tipo de documento en el Archivo Municipal de Frailes, así que hemos recurrido a las Actas alcalaínas para historiar este oscuro pero apasionante periodo de la historia frailera. El mismo día 4 de diciembre Frailes se queja del continuo paso de tropas que provenientes de Granada con dirección a Jaén, hacen noche en la población y los vecinos deben de dar comida a los soldados y sus caballos, solicitan los fraileros se les descuenten estos gastos de los impuestos que deben pagar. Desde Alcalá se les responde que se les resarcirá de sus gastos en lo posible.

El año 1813 se inicia con el oficio dirigido por los regidores fraileros Francisco de Peña y Rafael Fonseca? Como representantes del Ayuntamiento Constitucional para concertarse con Alcalá la Real para pagar los impuestos. La vida en Frailes debió ser dura pues al alto número de impuestos que debían pagar tanto en dinero como en especie (8 mulos), sabemos que la mayoría de la población vivían de las piaras de cabras y leñadores.

No son muy diferentes los problemas que se plantean el año 1814, el tema de el pago de la contribución y su repartimiento es lo mas repetido en las actas, sobre todo que Frailes no está de acuerdo con las cantidades que debe pagar y que Alcalá le había adelantado.

El decreto de 4 de mayo de 1814 dado en Valencia por el que el rey Fernando VII declara nulas las leyes y decretos anteriores dados por las Cortes Generales: Declaran aquella Constitución y tales Decretos nulos y de ningún valor ni efecto siendo la Real voluntad que para que no se interrumpa la administración de justicia entre tanto se restablece lo que se observava en el Reyno, continuen las justicias ordinarias. En los pueblos que se hallen establecidos los jueces de letras donde los hubiere y las audiencias, intendentes y demás tribunales de justicia en la administración della y en lo político y gubernativo los Ayuntamientos de los pueblos según de presente están…4

El 24 de mayo de 1814 en un cabildo ordinario se vuelve a retomar el tema de la independencia de Frailes, bueno “sobre que se quite el Ayuntamiento de Frailes”. En este acta se hace referencia al expediente presentado por los fraileros y que entrega Juan Gutiérrez García, procurador del Ayuntamiento frailero, en el documento que se presenta se dice que “…habiendo estado dicha población (Frailes) unida a esta ciudad (Alcalá la Real) debe volver a estar bajo las ordenes de su Ayuntamiento en atención a haberse abolido la Constitución de cuya bertud quedo separado habiendo creado ayuntamiento que ya no debe subsistir, por lo cual pide se declare a dicha población como una aldea dependiente de esta jurisdicción a la qual quedará sujeta extinguiendo el Ayuntamiento que tiene formado.”5

Con la vuelta en 1814 de los absolutistas, se vuelve al estado en el que se encontraban las cosas antes de la Constitución de Cádiz, Frailes volvía a pertenecer a Alcalá y todo indica que de buen grado. El Real Decreto por el que se abolían los derechos de la Constitución del 12 era firmado por el rey Fernando VII en Valencia el 4 de mayo de 1814. Alcalá tampoco quería ceder estos territorios y se defiende diciendo que es cierto y justo lo que piden los vecinos de Frailes, volver a la jurisdicción alcalaína, además siempre ha pertenecido a su término y los fraileros siempre se han tenido y “reputado” como vecinos de Alcalá nombrando esta a sus alguaciles y alcaldes. Su separación supondría una pérdida de terreno para Alcalá que se queja diciendo que es muy estrecho.

En el cabildo celebrado el 8 de julio de 1814, nuevamente el tema de Frailes; podemos leer: En este cabildo se acordó que en atención a que no se ha dirigido A Su Majestad la representación acordada en veynti y tres de junio a instancia de los vecinos de la población de Frailes sobre que buelva a sugetarse a esta jurisdición y se suprima su Ayuntamiento instituido por la abolida Constitución; como de que la Real Chancillería de Granada por el Decreto de su Majestad de veinte y cinco de junio último ha sido restablecida en todas sus facultades; se le represente por mano del señor fiscal con los documentos necesarios para que declare la supresión de dicho Ayuntamiento6.

En el mes de julio continúan con las órdenes para que en lo referente al cobro de contribuciones se vuelva al punto en que se efectuaban en 18087, pero la unión sigue sin ser efectiva.

Y por último el 8 de agosto se recibe la esperada noticia de la orden de disolución de los Ayuntamientos de Frailes dice así: … que se disuelvan y extingan los Ayuntamientos y alcaldes que se nombraron en tiempos de la abolida Constitución, que se restablezcan los Ayuntamientos, corregimientos y alcaldías mayores en la planta que tenían el año de 1808 … lo cual se cumpla dentro de segundo día sin escusa ni pretexto alguno…8

En 1820, con el Trienio Liberal nuevamente Frailes alcanza la independencia que dura lo que los tres años de apertura liberal, volviendo en 1823 al término alcalaíno9.

Con fecha 19 de diciembre de 1835 se dice:”En este cabildo se vio un oficio del señor Gobernador de la Provincia en el que inserta la comunicación que ha recibido del secretario del despacho de la Gobernación que dice: Su Majestad la Reina Gobernadora en vista de lo que V. S. manifiesta en oficio de cuatro de noviembre último y de los que resulta el expediente que con el remitió V.S. se ha servido conceder a la población de Frailes el que forme por sí sola Ayuntamiento propio verificándolo con arreglo al Real Decreto de 23 de julio último de Real Orden lo comunico a V.S. para su inteligencia y efectos convenientes. Y la ciudad enterada acuerda se guarde y cumpla en los términos que se previene”10.

La delimitación del término municipal se lleva a cabo en 1836 y sabemos en que lugares se colocaron los mojones y cual era el territorio que ocupaba. Así se dice que la población frailera era de 1.696 habitantes, y le correspondían 11.187 fanegas y 5 celemines de tierra, ya que el número de fanegas de tierra estaba en relación con el número de habitantes.

Frailes no anhelaba la independencia, casi se encontró con ella, la misma Corporación frailera se define en acta de cabildo de 1861 conservada en el Archivo Municipal de Frailes de la siguiente manera: “Pueblo nuevo es la villa de Frailes, puesto que no otra cosa era aún al principio del presente siglo, una pequeña cortijada aneja a la ciudad de Alcalá la Real, y sus terrenos, entonces de inferior calidad, en sierra e improductivo para otro ramo de la agricultura que no fuera la cría de ganado, debido a la laboriosidad de sus primeros pobladores, tanto los terrenos públicos como los particulares principiaron a mejorar. Cuando ya más crecido su vecindario y incidiendo las ideas modernas consecuencia de la civilización, entró la de hacer mejoramientos, pero mejoramientos encaminados a aumentar la producción y la riqueza pública.

Desde entonces y después se han hecho considerables desmontes, la tierra se ha poblado de vides y olivares, se han aprovechado las aguas abandonadas y se han mejorado los terrenos dedicados a la producción de cereales, y estas han sido las causas de que la población haya crecido en vecindario y riquezas …”11.

Tras la definitiva independencia de frailes en 1836 inicia su andadura en solitario con el título de Villa. El primer Libro de Actas Municipales que se conserva en el Archivo Municipal frailero es de 1839 y por el sabemos que era alcalde Francisco José García y 8 regidores de los cuales uno era teniente de alcalde, otro tesorero y otro síndico.

A MODO DE CONCLUSIÓN

La división territorial tuvo un alcance mucho mayor que el meramente administrativo. La ocupación francesa había abierto la caja de Pandora, en la base estaba el ideal ya formulado por los ilustrados antes de la revolución liberal de uniformizar y centralizar12. La política local recibió un refuerzo extraordinario al instaurarse el régimen constitucional, bajo la apariencia de unos Ayuntamientos electivos, seguían existiendo oligarquías en las que se mezclan los nombres nuevos con otros surgidos de los cambios que se habían efectuado en las nuevas Villas.

Con la independencia de Frailes el término municipal de Alcalá la Real sufre una reducción, ya que ambas localidades forman su término municipal a costa de Alcalá, aunque puede que Frailes tomara aportaciones territoriales de los municipios de Noalejo y Valdepeñas de Jaén, además de Alcalá que fue la que más aportó13. A Frailes se le asignan 39,89 kilómetros cuadrados. En la actualidad cuente con 41,38 kilómetros cuadrados, lo que nos lleva a pensar que los aparatos de medida no eran todo lo precisos que hoy en día. La cantidad de terreno que corresponde por habitante es de 23.523 metros cuadrados.

Aunque fue la primera vez que los fraileros funcionaron como municipio independiente, esto les llevó a tener una experiencia en el modo y manera de llevar las riendas de su propia historia.

1LA CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ 81812). Edición de Antonio Fernández García. Clásicos Castalia. 2002.

2AMAR. Libro de actas capitulares de 1812. 6 de octubre.

3Archivo del Congreso de los Diputados.

4AMAR. Libro de Actas Capitulares de 1814. Fol. 97

5 AMAR. Libro de Actas de Cabildo de 1814. Acta de 21 de mayo. Fol. 100

6AMAR. Ibidem. Fol. 142

7Ibidem. Fol. 159.

8Ibidem. Fol. 166.

9 VV.AA. Jaén. Pueblos y ciudades. Frailes. Fascículo 53. Jaén 1997.

10 AMAR. Libro de Actas de Cabildo de 1835. Acta de 19 de diciembre.

11 AMF. Libro de Actas de Cabildo de 1861. Acta de 25 de junio.

12 DOMINGUEZ ORTIZ, A. España, tres milenios de historia. Marcial Pons. Madrid 2000.

13 MURCIA CANO, M. T. “El término municipal de Alcalá la Real en la baja Edad Media”. Primeras Jornadas de Estudios de Frontera. Alcalá la Real y el Arcipreste de Hita”. Diputación Provincial de Jaén. 1996. Págs. 437-460.

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